Voluntad anticipada: testamento sobre mi salud (Noviembre 2022)

12/19/2023

La voluntad anticipada es el acto mediante el que una persona mayor de edad, en una situación de enfermedad terminal o previendo esta, expresa sus deseos sobre tratamientos y cuidados de salud en un Acta o en una Escritura de Voluntad Anticipada.

Ley de Voluntad Anticipada: El derecho a una muerte digna

La Ciudad de México fue la primera entidad de México en aprobar la Ley de Voluntad Anticipada en enero de 2008. Esta iniciativa ha sido aprobada en 14 estados del país.
De acuerdo a la Ley de Voluntad Anticipada para la Ciudad de México, artículo 1:

 

La voluntad anticipada es la decisión que toma una persona de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de forma natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona

¿Para qué sirve la voluntad anticipada?

  • Respetar la voluntad de las y los pacientes
  • Respetar la dignidad de las personas
  • Contar con trato digno en todo momento
  • Disminuir el sufrimiento
  • Garantizar una muerte natural en condiciones dignas

 

¿Cómo tramitar mi voluntad anticipada?

Existen dos opciones para poder ejercer tu derecho a Voluntad Anticipada:

Mediante el formato que se firma en las Instituciones de Salud, sin importar si son públicas o privadas, contando con un diagnóstico de enfermedad terminal.
Por medio del documento que se firma en notarias de cada entidad donde esté aprobada la Ley, sin la necesidad de contar con un diagnóstico de enfermedad terminal.
En ambos casos, se debe estar en el pleno y cabal uso de sus facultades mentales, libre de cualquier presión y poder manifestar su deseo sin ninguna duda.

Requisitos
Pueden variar en cada entidad, pero considera para realizar el trámite en una notaria:

  • Ser mayor de edad
  • Contar con identificación oficial
  • Contar con uno o dos representantes que validen su Voluntad
  • Gestionar el pago a la Notaria

 

Para realizar el trámite en Hospitales:

  • Adultos o menores de edad con alguna enfermedad amenazante o limitante para la vida, diagnosticada por su médico tratante
  • Contar con Identificación oficial vigente (INE, Cedula Profesional con fotografía, Cartilla de Servicio militar, Pasaporte), en caso de ser menor de edad deberán presentar (Acta de Nacimiento, CURP o credencial escolar con RVOE)
  • Resumen Clínico de la Institución Médica donde el paciente esté recibiendo la atención
  • Contar con un Representante y dos testigos con Identificaciones Oficiales Vigentes

 

Fuentes: Secretaría de salud del Estado de MéxicoINAPAM  y Secretaría de Salud Ciudad de México

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